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Hola Macarena!
Las de especial pronunciamiento se deciden en sentencia antes de entrar a resolver el objeto principal del pleito y no suspenden el curso ordinario del proceso; por ejem: La tacha de testigos o la recusación de peritos.
Las de previo pronunciamiento, sí suspenden el curso de las actuaciones porque son un obstáculo que hay que resolver antes de seguir con el proceso, Por ejem: La declinatoria
